Retenciones e ingresos del IRPF 2018. Novedades

En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se mantienen para el ejercicio 2018 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación del ejercicio 2017.

Esta tabla nos va a indicar los tramos de cotización en los que tendremos que tributar según los ingresos que tengamos, es decir, que nos va a determinar el importe que habrá que pagar a Hacienda en la declaración de la Renta.

Estas tablas las expide la Agencia Tributaria y funcionan aplicándose de forma progresiva, es decir, cada tramo se va sumando sobre el otro, así, cuantos más ingresos tengamos mayor tramo de cotización se va a aplicar.

Novedades de la campaña de la Renta 2017

Con cada nueva campaña de la Renta, la Agencia Tributaria anuncia una serie novedades. Tanto relacionadas con los asuntos fiscales, como con la manera de presentar la declaración. O los mecanismos con los que esto será posible.

La nueva App de la AEAT para presentar la declaración

La nueva App será descargable a partir del 15 de marzo y la posibilidad de presentar la declaración mediante la App está reservada a las declaraciones de las que la Agencia Tributaria dispone de toda la información (es decir, las más sencillas y que no necesitan modificación).

Llega el Plan ‘Le llamamos’

Otro de los principales cambios de la Campaña de la Renta es la puesta en marcha de un servicio en el que Hacienda llama a los contribuyentes que necesiten ayuda para hacer su declaración, siempre que éstos hayan cogido cita previa.

Adiós al borrador

La primera cuestión a tener en cuenta a la hora de formalizar la declaración de la renta es que la AEAT ya no enviará el tradicional borrador por envío postal.

¿Cómo se accede al borrador?

Todos los contribuyentes, en los plazos y haciendo uso de alguno de los sistemas de identificación que se indican a continuación, podrán obtener su borrador y sus datos fiscales por medios telemáticos a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración, desde dónde podrán confirmar y presentar el mismo o, en su caso, modificarlo, confirmarlo y presentarlo.

A estos efectos, cabe tener en cuenta que el borrador de declaración del IRPF debidamente confirmado por el contribuyente tendrá la consideración de declaración del IRPF.

¿No está conforme con el borrador de la RENTA que le envía Hacienda? ¿Faltan datos en su Borrador?

Si necesita asesoramiento fiscal sobre la campaña de Renta 2017, póngase en contacto con nosotros en el 937 718 05 07.

 

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